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¿El fallecido dejó deudas? Quién debe pagarlas

Por Agência Brasil4 min de lectura
Falecido deixou dívidas? Saiba quem deve pagar
Foto: Agência Brasil

La regla está en el Código Civil. La herencia responde por las deudas del fallecido, y los herederos responden solo hasta el límite de lo que recibieron. Sus bienes personales no entran en la cuenta.

20/10/2026 - La profesora de Derecho Civil y procuradora de la Universidad del Estado de Río de Janeiro (UERJ), Rose Meireles. Foto: Rose Meireles/ Archivo personal20/10/2026 - La profesora de Derecho Civil y procuradora de la Universidad del Estado de Río de Janeiro (UERJ), Rose Meireles. Foto: Rose Meireles/ Archivo personalLa profesora de Derecho Civil y procuradora de la UERJ, Rose Meireles Foto: Archivo personal

Según la profesora, en la práctica las deudas se pagan con el patrimonio dejado: dinero en cuenta, inmuebles, vehículos y otros bienes. Si el patrimonio del fallecido vale R$ 300 mil y las deudas suman R$ 500 mil, por ejemplo, los acreedores reciben hasta R$ 300 mil, y los R$ 200 mil restantes no pueden cobrarse a los herederos.

“Vale recordar que las deudas vienen antes de la división. El acreedor puede pedir el pago al juez durante el inventario. Si los herederos ya hubieran dividido los bienes, cada uno responde en la proporción de lo que recibió”, afirma Rose.

Ella recomienda que quien no quiera arriesgar la mezcla entre patrimonio y deudas haga el inventario con el acompañamiento de un abogado.

La presidenta del Colegio Notarial de Brasil - Sección São Paulo (CNB/SP), Ana Paula Frontini, advierte que es necesario verificar si el familiar también asumió esa obligación, por ejemplo, como deudor o fiador. En ese caso, puede tener una responsabilidad propia, que no surgió a causa de la herencia.

Venta de bienes

La notaria explica que muchas familias pasan por esta situación: la persona dejó una casa o un auto, pero no dejó dinero disponible para pagar el impuesto y los costos del inventario. Hoy, si se cumplen los requisitos, es posible autorizar esa venta en la notaría, por escritura pública, sin necesidad de autorización judicial.

“Quien realiza la venta es el inventariante, la persona elegida para representar el patrimonio dejado por el fallecido. La escritura debe dejar claro qué gastos se pagarán y cuánto del dinero de la venta se destinará a ellos. Pueden entrar en esa cuenta los impuestos, los honorarios del abogado y los costos de las notarías”, dice Ana Paula.

São Paulo (SP), 19/10/2026 - Ana Paula Frontini, presidenta del Colegio Notarial de Brasil - Sección São Paulo CNB/SP. Foto: Ana Paula Frontini/Archivo personal São Paulo (SP), 19/10/2026 - Ana Paula Frontini, presidenta del Colegio Notarial de Brasil - Sección São Paulo CNB/SP. Foto: Ana Paula Frontini/Archivo personal Ana Paula Frontini, presidenta del Colegio Notarial de Brasil - Sección São Paulo CNB/SP. Foto: Ana Paula Frontini/Archivo personal

Ella subraya que existen cuidados para garantizar que el dinero se use como fue acordado. El inventariante debe presentar una garantía, y los gastos deben pagarse en hasta un año después de la venta, pudiendo establecerse un plazo menor.

El primer paso es conversar con el abogado y el notario para verificar los documentos y comprobar si la familia puede utilizar esta alternativa. Ella permite usar el propio patrimonio de la herencia para viabilizar el inventario.

Brasília (DF), 20/10/2026 - Arte ¿el fallecido paga deudas?. Foto: Arte/Agência BrasilBrasília (DF), 20/10/2026 - Arte ¿el fallecido paga deudas?. Foto: Arte/Agência BrasilFoto: Arte/Agência Brasil

Multa por inventario atrasado

La profesora de la UERJ recuerda que el Código de Proceso Civil determina la apertura del inventario en hasta 60 días después del fallecimiento y su conclusión en hasta 12 meses.

Para saber cuáles son las multas estaduales relativas al Impuesto sobre Transmisión Causa Mortis y Donación (ITCMD) para quien pierde el plazo, es necesario consultar las legislaciones estaduales. El Supremo Tribunal Federal (STF, la corte suprema de Brasil) ya reconoció, en la Súmula 542, que el Estado puede sancionar el retraso en el inicio o en la conclusión del inventario.

Según Rose Meireles, en Río de Janeiro, la regla está en el artículo 27 de la Ley estadual 7.174/2015, combinado con el artículo 37 del Código Civil.

Ella destaca que la multa no impide el inventario.

“El impuesto y la multa deben pagarse para que el proceso se concluya y los bienes pasen a nombre de los herederos. Mientras tanto, el patrimonio queda bloqueado, lo que dificulta vender, financiar o incluso mantener el inmueble en regla”, dice Rose.

Rose subraya además que, incluso cuando no hay impuesto que pagar, la declaración es obligatoria y la omisión puede generar multa. Según ella, a quien no presente la declaración cuando el impuesto no sea exigible se le aplicará una multa de valor equivalente a 450 UFIRs-RJ por bien o derecho.

La presidenta del CNB/SP explica que, en São Paulo, si el inventario no se inicia en hasta 60 días del fallecimiento, la multa es del 10% sobre el ITCMD, el impuesto de la herencia. Si la apertura ocurre después de 180 días del deceso, pasa al 20% del impuesto.

De acuerdo con Ana Paula, la multa se calcula sobre el impuesto, no sobre el valor total de la herencia. Por ejemplo, si el ITCMD adeudado es de R$ 10 mil, la multa del 10% será de R$ 1 mil; la del 20%, de R$ 2 mil. El atraso en el pago del impuesto también puede generar intereses y otros cargos.

“Quien perdió el plazo todavía puede hacer el inventario. Lo mejor es buscar un abogado y una notaría lo antes posible para recibir orientación y organizar la documentación”, completa la notaria.

Traducción de la noticia original en portugués: Falecido deixou dívidas? Saiba quem deve pagar · Fuente: Agência Brasil